* Acceso a la aplicación de gestión del Plan de ayuda a las personas más necesitadas (REDABAL)

Se trata de una medida de marcado carácter social, mediante la cual se ponen a disposición de determinadas organizaciones, alimentos (galletas, pasta alimenticia, productos lácteos, etc.), procedentes de las existencias de excedentes comunitarios de productos de intervención (arroz, mantequilla, leche en polvo, etc.), para que estas organizaciones puedan proceder a la distribución gratuita de dichos alimentos entre las personas más necesitadas. Su financiación corre a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
Como consecuencia de la acusada disminución de productos almacenados en los organismos de intervención de la UE en estos últimos años, el Plan 2009 comprende fundamentalmente la asignación de recursos económicos equivalentes a los productos de intervención, para la adquisición de los productos alimenticios que serán distribuidos entre las personas más necesitadas. Para 2009, a España le han sido asignados unos recursos financieros de 61.957.787 euros y 8.450 toneladas de azúcar.
La puesta en marcha del Plan de ayuda a las personas más necesitadas de la Unión Europea, como una de las ayudas financiadas con fondos comunitarios dentro de la Política Agrícola Común, tienen su origen en las dramáticas consecuencias derivadas de las olas de frío que azotaron Europa en 1986 y 1987, afectando principalmente a la población más desfavorecida, con menos recursos. Por ello, la Comisión Europea decidió hacer uso de los productos almacenados en los organismos de intervención de los Estados miembros, para transformarlos en alimentos destinados a esas capas más desfavorecidas de la sociedad.
La eficacia de esta iniciativa hizo que pasara de ser una acción de carácter coyuntural, a convertirse en una actuación permanente, con planes anuales que persiguen un doble objetivo:
En 2009, participan en el Plan 18 de los 27 Estados Miembros de la UE: Bélgica, Bulgaria, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovenia y Finlandia.
El presupuesto comunitario asignado para el Plan 2009 asciende a 496.000.000 euros. España es el cuarto país perceptor por detrás de Italia, Polonia y Francia. (Ver distribución del presupuesto comunitario por Estados Miembros).
El número de beneficiarios se ha incrementado en los últimos años debido, entre otros factores, a la adhesión de nuevos Estados Miembros a la UE. Actualmente se benefician del Plan alrededor de 14 millones de personas en toda la UE. En 2008, en España, el número de beneficiarios superó los 900.000.
A medida que la PAC ha ido evolucionando, las existencias públicas de productos agrícolas adquiridos en régimen de intervención han ido disminuyendo, sin que se prevea que puedan volver a alcanzar un volumen tan relevante como en el pasado. Dada la escasez de productos en los almacenes de intervención, en los últimos años las asignaciones presupuestarias destinadas a la compra directa de productos alimenticios en el mercado han ido aumentando en detrimento del empleo de productos de intervención. Es por ello que la Comisión Europea está procediendo a la revisión del actual sistema de funcionamiento del Programa.
Las principales novedades que se pretenden introducir en el Programa son las siguientes:
Cofinanciación de los gastos derivados de la aplicación del Programa. El FEAGA sólo cubriría el 50% del coste del Programa en todos los Estados miembros, excepto en los beneficiarios del Fondo de Cohesión, en los que el porcentaje sería del 75% (ahora el FEAGA financia el 100%). Transitoriamente, hasta 2012, los porcentajes de cofinanciación anteriores serían del 75 y del 85%, respectivamente.
Ampliación de la gama de productos que pueden ser objeto de compra directa en el mercado. Hasta ahora, los productos debían guardar relación, en su composición principal, con los productos de intervención. Esta limitación impedía a los Estados miembros adquirir una gama variada de productos en el mercado, acorde con lo que debe ser una dieta rica y equilibrada.
Programa trienal. Permitiría a los Estados miembros y a las organizaciones caritativas y entidades benéficas colaboradoras tener una planificación más estable a largo plazo.
Normativa Comunitaria
Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo (artículo 27), por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM). Deroga el R(CEE) 3730/1987 del Consejo, por el que se establecen las Normas Generales aplicables al suministro a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de existencias de intervención y destinados a ser distribuidas a las personas más necesitadas de la Comunidad.
Reglamento (CEE) nº 3149/1992 de la Comisión, por el que se establecen las disposiciones de aplicación para el suministro de alimentos procedentes de las existencias de intervención en beneficio de las personas más necesitadas de la Comunidad.
Reglamento (CE) nº 983/2008 de la Comisión, por el que se adopta un plan de asignación a los Estados miembros de los recursos imputables al ejercicio presupuestario 2009 para el suministro de alimentos procedentes de las existencias de intervención en beneficio de las personas más necesitadas de la Comunidad.
Reglamento (CE) nº 1111/2009 de la Comisión, por el que se adopta un plan de asignación a los Estados miembros de los recursos imputables al ejercicio presupuestario 2010 para el suministro de alimentos procedentes de las existencias de intervención en beneficio de las personas más necesitadas de la Comunidad y se establecen excepciones a determinadas disposiciones del Reglamento (CEE) nº 3149/92.
Normativa Nacional
Resolución de 19 de diciembre de 2008, del Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se establece el procedimiento para la solicitud de participación y la designación de las organizaciones encargadas de la distribución de alimentos entre las personas más desfavorecidas de la Comunidad, y de entidades benéficas, en el marco de la asignación correspondiente a España 2009.
Resolucion de la Presidencia del Fondo Español de Garantia Agraria (BOE 21/01/2009), por la que se convoca licitación por el procedimiento abierto para lacontratación de diversos suministros y distribución de alimentos condestino al Plan 2009 de ayuda a los necesitados.
Resolución de la Presidencia del Fondo Español de Garantía Agraria (BOE 4/03/2009), por la que se convoca licitación por el procedimiento abierto para la contratación del suministro y distribución de azúcar blanco con destino al Plan 2009 de ayuda a los más necesitados
Normas específicas
Instrucción General FEGA 6/2009: Actuaciones de gestión y control para el suministro de alimentos procedentes de las existencias de intervención en beneficio de las personas más necesitadas
Decisiones anuales de la Comisión
Con carácter periódico, la Comisión publica la normativa que aprueba cada Plan Anual de distribución de alimentos a las personas más necesitadas de cada Estado Miembro. En la misma se incluye:
Los recursos que la Unión Europea ha puesto a disposición de España para el plan 2009 se establecen en el Reglamento 983/2008 de la Comisión y son los que a continuación se detallan:
| Producto | Asignación financiera (Euros) |
|---|---|
| Cereales (trigo) | 13.170.300 |
| Leche desnatada en polvo | 40.483.716 |
| Arroz | 2.340.000 |
| Producto | Toneladas |
|---|---|
| Azúcar | 8.450 |
El FEGA, responsable de la ejecución de la medida en España
En España, tal y como establece el Real Decreto 1516/2006 de 7 de diciembre que modifica el Real Decreto 1441/2001 por el que se aprueba el Estatuto del FEGA, la autoridad nacional competente para el desarrollo de la medida es el FEGA, y en concreto la Subdirección General de Mercados.
Organizaciones designadas
El FEGA es el responsable de nombrar a las Organizaciones designadas participantes en cada plan y pondrá a su disposición los productos de las existencias de intervención para que éstas procedan a distribuirlos entre las personas más necesitadas.
Para el Plan 2009, el FEGA, mediante respectivas Resoluciones, de 12 de febrero de 2009, ha designado a la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL), a Cruz Roja Española (CRE) y a Cáritas Española como organizaciones encargadas de la distribución de alimentos en todo el territorio nacional, excepto en la Comunidad Autónoma del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra, quienes, en virtud de sus correspondientes Convenios de Encomienda de Gestión, son responsables de la distribución de los alimentos en sus ámbitos geográficos respectivos.
Las cantidades de alimentos que distribuirá cada una de las organizaciones designadas dentro del Plan 2009 son las siguientes:
¿Quiénes pueden participar como organización designada?
Podrá participar toda organización caritativa que tenga ámbito nacional, su objeto social sea promover el interés general, desarrolle labores de asistencia social y disponga de los medios y cauces adecuados para hacer llegar los alimentos a las personas más desfavorecidas y/o a las entidades benéficas.
La Resolución de 19 de diciembre de 2008, del Fondo Español de Garantía Agraria, establece el procedimiento para que las organizaciones caritativas que estén interesadas, puedan presentar su solicitud de participación en el plan 2009.
Las organizaciones designadas podrán recibir un reembolso por importe no superior al 1% del valor de los alimentos distribuidos en el Programa, destinados a sufragar sus gastos administrativos, que se financiará con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria. Para ello, podrán solicitar ante el FEGA, el reembolso de los gastos administrativos, bien mediante solicitudes de pago parcial, o bien mediante un solo pago, de acuerdo con el modelo recogido en dicha Resolución.
Las organizaciones designadas podrán percibir un importe adicional igual al que resulte del cálculo recogido en el punto anterior como compensación de otros gastos en los que hubieran incurrido las organizaciones designadas en la implementación del plan.
Las organizaciones designadas podrán solicitar ante el FEGA un anticipo a cuenta de hasta un máximo del 80% del importe resultante del cálculo del pago adicional de acuerdo con el modelo recogido en dicha Resolución.
Se considerarán como beneficiarios de la ayuda a todas aquellas personas o grupos familiares en precaria situación económica, que les dificulte el acceso a los medios básicos de supervivencia.
Se dará prioridad a aquellos individuos o grupos familiares especialmente vulnerables por su dificultad para afrontar por sí mismos la situación de precariedad en que se encuentren, como son: grupos familiares con niños y/o ancianos a su cargo, familias monoparentales, disminuidos físicos, psíquicos o sensoriales, personas incapacitadas para el trabajo o incursas en toxicomanías o sida, menores en situación de desamparo, mujeres maltratadas, minorías étnicas, inmigrantes, refugiados, asilados, exreclusos, transeúntes, y ancianos perceptores de las pensiones más bajas.
Los alimentos a distribuir en el Plan 2009 de ayuda a las personas más necesitadas son los siguientes:
| Productos de Intervención | Alimentos |
|---|---|
| Cereales (Trigo) | Cereales de desayuno
|
| Leche desnatada en polvo | Bebida pasterizada de zumo de frutas y leche
Batidos de chocolate Leche U.H.T. Leche entera en polvo Leche de continuación en polvo Natillas Queso fundido en porciones y parafinado |
| Arroz | Arroz Blanco |
| Azúcar | Azúcar blanco |
Para conocer las empresas que han resultado adjudicatarias para el suministro de alimentos del Plan 2009, ver: Adjudicaciones 2009
El FEGA es el organismo encargado de realizar la convocatoria de los concursos y posteriormente de adjudicar los productos de intervención o de los recursos financiaros entre las empresas que han licitado y cuya oferta ha sido aceptada. A cambio, dichas empresas tienen el compromiso de suministrar los distintos alimentos en los almacenes que designe el FEGA, para su posterior distribución a las correspondientes entidades benéficas.
Podrán participar en el Plan aquellas empresas españolas o extranjeras fabricantes del alimento al que se concurse cuya actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y que se encuentren capacitados legalmente para ello (empresas fabricantes de productos alimenticios obtenidos a partir de los siguientes productos de intervención (arroz, cereal, azúcar, leche desnatada en polvo/mantequilla), como por ejemplo, empresas fabricantes de galletas, productos lácteos, arroz blanco, arroz vaporizado, pasta alimenticia, etc).
La convocatoria para participar en los concursos se publica, a partir del mes de octubre, en el Boletín Oficial del Estado. Esta información estará también disponible en la página web del FEGA en el apartado “perfil del contratante” para conocimiento de las empresas interesadas.
Las entidades benéficas que deseen ser incluidas como entidades benéficas autorizadas, deben canalizar su solicitud a través de FESBAL, CRE o CÁRITAS. Las oficinas provinciales y locales de CRE, los centros de atención de CRE, hospitales, ayuntamiento y servicios de atención dependientes de estos, así como las entidades benéficas relacionadas con la población inmigrante y drogodependiente, deberán canalizar su solicitud a través de CRE.
Las personas necesitadas que deseen recibir alimentos como beneficiarias de los Planes, podrán acudir a las entidades benéficas autorizadas, cuyos datos de contacto se podrán obtener a través de FESBAL, CRE o CÁRITAS. ( FESBAL www.fesbal.org; CRE: www.cruzroja.es; Cáritas: www.Caritas.es )
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