Nuevas formas de compensación económica y apoyo al agricultor

El año 2003 la Política Agraria Común sufrió una importante reforma, al adoptarse por la Unión Europea los criterios contenidos en los compromisos internacionales sobre las nuevas formas de producir que prestan más atención al medio ambiente y a la salubridad de los alimentos y a las nuevas formas de compensación y apoyo a la agricultura que se atenga a esos principios.
Las nuevas formas de compensación y apoyo tratan de conseguir un doble propósito:
- Fomentar la adaptación de las agriculturas a las demandas de los mercados nacionales e internacionales
- Para lograrlo, los apoyos futuros no estarán ligados a lo que se produzca en el año, sino que dependerán de las ayudas recibidas en años anteriores, que fundamentan el derecho a recibirlas.
- Reforzar el papel de los agricultores y ganaderos, como suministradores de productos sanos y beneficiosos para la salud de los ciudadanos europeos y de los ciudadanos de otros países que consuman los productos alimentarios que se elaboran en Europa.
Desde el punto de vista de la tramitación administrativa de los apoyos, la reforma del año 2003 introduce una novedad muy importante. Ésta consiste en simplificar el procedimiento de obtención de las ayudas mediante el establecimiento de:
- LA SOLICITUD ÚNICA, que facilita la solicitud de estas ayudas en un solo documento.
- EL PAGO ÚNICO, que permite la percepción de las ayudas de una sola vez, en cada campaña
Si desea conocer cuáles son las características de estas ayudas, su modo de cálculo, sus posibles utilizaciones y cómo se perciben consulte el menú "
Preguntas más frecuentes sobre las ayudas de la PAC y el Pago Único" donde encontrará la respuesta a éstas y otras muchas cuestiones.
1.¿Qué son las ayudas de la Política Agrícola Común?
2.¿Cuáles han sido los principales cambios históricos en la forma de percibir las compensaciones? El núcleo principal de la reforma de 2003
3.¿Qué es la solicitud única? ¿Qué es el pago único?
4.¿Cómo se generan los derechos económicos históricos? ¿Qué ayudas directas sirven de base para calcular su valor?
5.¿Quién es el titular de los derechos? ¿Cuál es el período para adquirirlos?
6.Los Derechos de Pago Único: el Importe de Referencia, Número, Tipo y Valor de los Derechos.
7.¿Qué uso se puede hacer de los derechos de ayuda?
8.¿Cuáles son las condiciones para su percepción? (Condicionalidad de las ayudas)
9.¿Puede el titular de derechos conocer cuál es la situación de su explotación en relación con la condicionalidad? El asesoramiento de explotaciones agrarias
10.Las deducciones a aplicar a los derechos individuales: Modulación
11.Las deducciones a aplicar al conjunto de los derechos individuales y el destino de los que no se usan: la Reserva Nacional.
¿De qué se compone?
12.¿Cómo se transfieren los derechos y con qué coste para el vendedor o arrendador?
13.¿Cómo se utilizan los derechos de la Reserva Nacional?
14.La Aplicación Parcial del régimen de Pago Único en España
15.Ayudas directas a la agricultura
16.¿Cuáles son los importes y límites de las ayudas directas?
17.La Solicitud Única
18.Resultados de la aplicación del Pago Único en España
19.Esquema general de funcionamiento del sistema de asignación y gestión de derechos a Pago Único.